Hacienda y las diferentes administraciones están muy interesadas en detectar los fraudes en el alquiler de viviendas. Y, además, también les están empezando a interesar las viviendas que están vacías y que pueden ser alquiladas o puestas en venta.

Recargos en el IBI en Bilbao

De hecho, el ayuntamiento de Bilbao ya ha empezado a moverse en este sentido: ha realizado el envío masivo de cartas (12.584 cartas hasta finales de diciembre de 2017) para informar a todos los propietarios de pisos en los que no conste nadie empadronado. En las cartas les piden que confirmen que son pisos que realmente están vacíos o que acrediten que están dedicados a uso residencial o al desarrollo de una actividad económica. Todo ello con una finalidad, de momento, la aplicación de un recargo, si están vacías, del 25% en el Impuesto de Bienes Inmuebles, el denominado IBI, anteriormente conocido como “contribución urbana”.
En el último censo realizado en Bilbao se contabilizaron 5.453 viviendas vacías. El ayuntamiento ha cruzado este censo con otras bases de datos municipales e incluso con otras del gobierno vasco con el fin de conocer mejor, de forma más exacta, el número de viviendas a las que aplicar este recargo. Los resultados serán publicados, según se ha anunciado, en el Boletín Oficial de Bizkaia el 2 de enero de 2018.
Estos primeros movimientos de un gran ayuntamiento como es el de Bilbao dan pistas sobre cómo se pueden mover otros ayuntamientos, o las administraciones en general. Y no sólo para aplicar recargos en los impuestos, sino para detectar alquileres no declarados, por ejemplo, ya sea con arrendamientos de viviendas habituales, de habitaciones o temporales, e incluso de locales para negocios.
La Ley de Vivienda obliga en Euskadi a depositar la fianza del arrendamiento en el Gobierno vasco, otra forma ya en marcha desde hace tiempo para controlar este sector. Pero es que Hacienda está cada vez más interesada en combatir los fraudes en este mercado para aumentar la recaudación. Y cuentan con medios.

¿Qué ocurre si descubren un arrendamiento no declarado?

De momento si una Hacienda foral detecta un alquiler no declarado realiza una liquidación paralela del impuesto de la renta (con un importe que depende de los ingresos del contribuyente) y le abre un expediente sancionador.

¿Cómo pueden detectarlo?

Empezaron comparando las facturas del consumo eléctrico y, posteriormente, los datos del catastro con la declaración de la renta del propietario de la vivienda.
Actualmente, también comparan si el propietario declara el alquiler que el inquilino sí declara para solicitar ayudas o deducciones. Siguiendo esta línea de actuación, la Hacienda estatal está empezando a pedir, en la declaración de la renta, a los inquilinos el número de identificación fiscal (NIF) de sus caseros.

Se están empezando a cruzar bases de datos de diferentes tipos y administraciones.

Si el inquilino necesita los datos del propietario para hacer la declaración del IRPF y éste no se los ha dado o se resiste a dárselos, puede hacer una petición formal al casero de esta documentación. Entre las cosas que necesita el inquilino está la copia del resguardo del depósito de la fianza por parte de propietario, y que es obligación de éste último habérsela entregado al registrar el contrato de arrendamiento y depositar la fianza. Si la entidad gestora no tiene registrado el depósito de la fianza, ésta iniciará una inspección y la correspondiente sanción a la casa y al propietario.
Sin embargo, incluso hay métodos más sencillos: puede que un inquilino no declare el alquiler por el motivo que sea, pero tiene que señalar cuál es su vivienda habitual. Y si no coincide con el titular de la vivienda se puede suponer que esté de alquiler.

Más información en:
El artículo publicado en El Correo el 22/12/17 titulado “Bilbao manda 12.500 cartas para cobrar un 25% más del IBI a las viviendas vacías
http://www.elcorreo.com/bizkaia/economia/fiscalidad/201604/20/diez-preguntas-clave-sobre-20160419224459.html