certificado-energetico

Se trata de un documento para catalogar la eficiencia energética de las viviendas. Se utiliza una escala alfabética que va desde la A, que significa la máxima eficiencia, hasta la G, que implica una mínima eficiencia. Cuando se clasifica una vivienda con un nivel de eficiencia se plasma en una etiqueta con la escala alfabética y sus colores asociados del verde oscuro (A) al rojo (G) similar a las de los electrodomésticos que todos conocemos.
Para realizar cualquier compraventa o alquiler de una vivienda es obligatorio desde el 1 de junio de 2013 que dicha vivienda tenga este Certificado. Debe solicitarlo y pagarlo el dueño de la vivienda y darle al comprador el original (cuando se haga la transacción) o una copia al inquilino o a la inmobiliaria o gestor que se encargue de la vivienda.

Es importante tener en cuenta que el certificado debe de ser realizado por un profesional especialista y con experiencia en este proceso, puesto que la valoración de la toma de datos y la posterior modelización informática del inmueble requiere de conocimientos específicos en este campo. Hay que desconfiar de los técnicos que ofrecen sus servicios a unos precios muy bajos, puesto que posiblemente su certificado no estará correctamente redactado, obtendrá una calificación más baja de la merecida, e incluso puedes sufrir sanciones o multas por contratar a un certificador negligente. De hecho, el técnico debe visitar el inmueble para realizarlo, hacer fotos, comprobar in situ fachadas, cerramientos, sistema de calefacción, etc. Si hubiera un informe falseado y se hiciera una inspección la multa podría ascender a 6.000 euros. Y si no se registra y se vende o alquila con un certificado “provisional” la multa puede ascender a 1.100 euros. Por este motivo hay que tener en cuenta que no basta con que realicen el informe, el profesional debe registrarlo en el registro que cada comunidad autónoma haya habilitado para ello. Cuando contratamos al certificador hay que asegurarse de que también hará dicho trámite.

Los profesionales que pueden emitir estos Certificados son arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales e ingenieros técnicos industriales. Cada vez hay más profesionales jóvenes, muchos de ellos mujeres, en esta área por haber realizado los cursos que les habilitan para ello y porque se están formando en las áreas de energías renovables, asesoramiento energético, etc.

El Certificado de eficiencia energética incluye:

  1. La identificación del edificio o de la parte del mismo que se certifica (dirección, municipio, provincia, zona climática y referencia catastral).
  2. Datos del técnico e identificación del procedimiento utilizado para la realización de la calificación energética con la siguiente información:
    • Descripción de las características energéticas del edificio, envolvente térmica, condiciones normales de funcionamiento y ocupación, instalaciones y otros datos utilizados para obtener la calificación energética del inmueble.
      • Identificación de la normativa sobre el ahorro y eficiencia energética si existía en el momento en que se construyó.
      • Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo por el técnico certificador
  3. Calificación de la eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.
  4. Documento que recoja las medidas de ahorro energético recomendadas por el técnico certificador. Lo ideal es que estén clasificadas según su viabilidad técnica, funcional y económica. También es conveniente que indiquen cómo afectarán estas mejoras (voluntarias y no obligatorias) al consumo energético y a la posibilidad de subir el nivel en la escala de calificación energética.

Procedimiento:

  1. Visita física y estudio individual del inmueble. En ella el técnico recoge todos los datos que son necesarios de las diversas instalaciones: calefacción, refrigeración, agua caliente e incluso de la iluminación. Además, tomará nota también de los materiales constructivos, detalles, sistemas de cerramiento exterior, etc. El profesional debe medir todas las estancias de la vivienda o local para el posterior levantamiento del plano del inmueble. Es aconsejable que tengamos las facturas de la electricidad, gas u otros combustibles para proporcionárselos a los técnicos y conseguir una calificación energética más precisa.
  2. Trabajo de estudio. En esta fase el técnico realiza una modelización del edificio, piso o local con el software y el procedimiento aprobado por el Ministerio de Industria. Como primer paso introducen todos los datos que han recopilado en la visita en el programa y así se obtiene la calificación y la etiqueta energética. Posteriormente, redactan unas propuestas de mejora. Con todo esto se redacta el certificado energético.
    De hecho, como ya hemos señalado, no sólo nos deben entregar la clasificación energética con la etiqueta con la escala sino un informe que ayude al propietario del inmueble a conocer cómo mejorar la eficiencia energética del inmueble y cómo esas mejoras cambiarían la clasificación en la escala de calificación y el ahorro energético que supondría. Si esas mejoras se llevasen a cabo (son propuestas informativas, que no obligan a realizar ninguna reforma) se podría actualizar el Certificado, aunque no hay obligación de actualizarlo, pues tiene una validez de 10 años. Sin embargo, conviene tener en cuenta que la propiedad ganaría valor.
  3. Entrega del Certificado al cliente. Junto con el Certificado deben adjuntarse los resultados y las propuestas de mejora para ahorrar en el consumo energético y, no debemos desaprovechar la ocasión, podemos plantear las posibles dudas que tengamos para que nos las aclaren en ese momento.
    No debemos olvidar que hay que registrar el Certificado en el órgano competente de la comunidad autónoma a la que pertenezca el inmueble.
    El Registro de los certificados de eficiencia energética de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dependiente de la Dirección competente en materia de energía, se gestiona por el Ente Vasco de la Energía. En dicho registro de carácter telemático se podrán consultar asimismo los certificados tanto de los edificios existentes como los de nueva construcción.
    La inscripción de los certificados dará derecho a la obtención de la etiqueta energética.
    En este órgano oficial se le revisará el Certificado, le confirmarán que todo es correcto y que incluye toda la documentación necesaria.
    Para terminar, nos queda señalar el uso que se hace de dicho Certificado y de la Etiqueta energética.

    1. El dueño del inmueble debe entregarlo al comprador en la compraventa.
    2. En el caso de estar en fase de venta o si ha puesto el inmueble en el mercado para alquilarlo, la podrá enseñar a los interesados en la compra o en el alquiler o dar una copia a la inmobiliaria o al profesional que gestione la propiedad.
    3. Si alquila la vivienda o edificio dará una copia al inquilino.

ENLACES DE INTERES
http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-in0100/es/contenidos/informacion/eficacia_energetica/es_eficacia/eficiencia_energetica.html
https://www.certicalia.com/
http://certificadodeeficienciaenergetica.com/que-es-certificado-eficiencia-energetica-definicion